| Nietos de españoles de origen. Modificaciones del Código Civil español |
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Las modificaciones del Código Civil en materia de nacionalidad previstas en el proyecto de ley de Adopción Internacional aprobado por el Gobierno el pasado 15 junio, no entrarán en vigor hasta un año después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Está previsto que las Cortes aprueben la ley en noviembre de 2007, con lo cual hasta noviembre de 2008 no entrarán en vigor. Además, los nietos que se quieran acoger a la nueva regulación sólo dispondrán de un plazo de dos años para hacerlo....Por último, en el apartado cuatro de esta Disposición Final Primera se señala que la letra f) del artículo 22.2 del Código Civil quedaría redactado de la siguiente manera: “f) El nacido fuera de España que sea descendiente de abuelo o abuela originariamente españoles”. Con estas modificaciones se elimina la exigencia de que los padres del optante a la nacionalidad tuvieran que ser nacidos en España. Este cambio facilita el acceso a la nacionalidad a los nietos de españoles. |
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